Dividendos, alquileres y las casillas que importan
Última lección: los ingresos recurrentes del patrimonio — dividendos y alquileres — y los descuidos típicos que acaban en carta de Hacienda. Nada complicado; todo, cosa de saber dónde mirar.
Dividendos españoles: lo fácil
Cobras un dividendo de una empresa española: retención automática del 19 % y a la base del ahorro con intereses y plusvalías. El bróker informa, el borrador lo trae, tú verificas. Fin.
Dividendos extranjeros: la doble retención
Aquí está el matiz caro. Un dividendo de una empresa americana o francesa sufre dos mordiscos: la retención en origen (15 % EE. UU. con el W-8BEN firmado, hasta 25-35 % en otros países) y la española del 19 %. El convenio de doble imposición te deja deducir en España, en general, hasta el 15 % de lo retenido fuera — en la casilla de "deducción por doble imposición internacional", que el borrador no siempre rellena solo:
- Broker extranjero: revisa tú los datos; el descuido típico es tributar dos veces enteras por pereza.
- Retenciones en origen superiores al 15 % (Francia, Alemania…): el exceso solo se recupera reclamando al fisco extranjero — burocracia que para importes pequeños no compensa. Moraleja para carteras de dividendo internacionales: la fiscalidad del país importa al elegir dónde invertir.
- En EE. UU., firma el W-8BEN con tu bróker (dos minutos): baja la retención en origen del 30 % al 15 %.
Alquileres: la base general, con premio para vivienda
Los alquileres van a la base general (no del ahorro), pero con dos suavizantes para el casero de vivienda habitual:
- Gastos deducibles: intereses de la hipoteca (¡solo intereses, no capital!), IBI, comunidad, seguros, reparaciones (no mejoras), amortización del 3 % del valor de construcción… Bien aplicados, reducen mucho el rendimiento.
- Reducción por alquiler de vivienda: el porcentaje vigente (50 % general desde 2024, con reducciones mayores en zonas tensionadas o alquileres rebajados; era 60 % antes) se aplica sobre el rendimiento neto. Solo para vivienda del inquilino — no turístico, no local, no temporada.
El descuido caro aquí es doble: no declarar el alquiler (Hacienda cruza contratos, suministros y plataformas — te encuentra) y, al revés, declarar sin deducir los gastos a los que tienes derecho.
Tres avisos rápidos de cierre
- Modelo 720/D-6: con cuentas o valores en el extranjero por encima de 50.000 €, hay obligaciones informativas específicas. Solo informar — pero las multas por no hacerlo son serias.
- Cripto: cada venta Y cada permuta tributa; los exchanges ya informan a Hacienda. La era del "no se enteran" terminó.
- Guarda todo 4-5 años: justificantes de compras, traspasos y gastos. La carga de la prueba de ese precio de compra de 2011 es tuya.
Cierre del curso
Con las cuatro lecciones tienes el sistema completo: las dos bases, la joya de los traspasos, el arte de vender compensando y los ingresos recurrentes bien declarados. La fiscalidad no decide tu estrategia — la decide tu plan — pero ejecutada con cabeza te deja quedarte con bastante más de lo que generas. Que es, al final, de lo que va este sitio.
Ideas clave
- Dividendo extranjero: W-8BEN, deducción por doble imposición (hasta el 15 %) y ojo al borrador incompleto.
- Alquiler de vivienda: base general, pero con gastos deducibles + reducción — declara y deduce, las dos cosas.
- Extranjero, cripto y justificantes antiguos: los tres frentes donde Hacienda más cartas envía.
Ponte a prueba
Comprueba que te llevas lo importante de esta lección. Sin nota, sin registro: es solo para ti.